Las tres son cosas distintas
- Finiquito: lo que la empresa te debe. Se cobra siempre, incluso si te vas voluntariamente.
- Indemnización: una compensación por la extinción del contrato. Depende del tipo de despido, y en algunos casos no hay ninguna.
- Paro: una prestación de la Seguridad Social, no de la empresa. La pagas tú con tus cotizaciones y la cobras del SEPE.
Una renuncia voluntaria da derecho al finiquito, pero normalmente no a indemnización ni a paro.
Qué entra en el finiquito
Los días trabajados del mes en curso, las vacaciones generadas y no disfrutadas, y la parte proporcional de las pagas extraordinarias si no las tienes prorrateadas en la nómina.
Es habitual que falte alguna de las tres. La calculadora de finiquito desglosa cada concepto para que puedas comparar con el documento que te dan.
Cuánta indemnización según el tipo de despido
- Despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, con el tope que marca el Estatuto de los Trabajadores. Para la parte de contrato anterior a febrero de 2012 se aplican 45 días, de ahí que los contratos antiguos se calculen en dos tramos.
- Despido objetivo o colectivo: 20 días por año.
- Fin de contrato temporal: 12 días por año en los contratos que lo contemplan.
- Despido disciplinario procedente: sin indemnización.
La calculadora de indemnización aplica el tramo doble de los contratos anteriores a 2012, que es donde más se equivoca la gente al hacerlo a mano.
Un apunte fiscal: la indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el límite del artículo 7.e de la Ley del IRPF. El finiquito, en cambio, tributa como salario.
Cómo se calcula el paro
La prestación se calcula sobre la base reguladora, que sale del promedio de tus bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días. Sobre esa base se cobra un porcentaje mayor los primeros 180 días y uno menor a partir de ahí (artículos 269 y 270 de la LGSS).
El resultado no es libre: hay topes mínimos y máximos ligados al IPREM y al número de hijos a cargo. Por eso dos personas con sueldos muy distintos pueden acabar cobrando lo mismo.
La duración depende de lo cotizado en los seis años anteriores. Hace falta un mínimo de 360 días cotizados para tener derecho a la prestación contributiva. La calculadora de paro estima la cuantía y los meses.
El orden y los plazos
- Revisa la carta de despido. Debe indicar la causa y la fecha de efectos.
- Si no estás de acuerdo, tienes 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación. Es un plazo corto y de caducidad: pasado, se pierde la vía.
- Solicita el paro. El plazo habitual es de 15 días hábiles desde el cese; pedirlo tarde puede descontar días.
Firmar el finiquito no implica aceptar el despido si lo firmas «no conforme», pero conviene consultarlo antes.
Dónde consultar sin coste
El SEPE informa sobre la prestación y tramita la solicitud. Los servicios de orientación jurídica de los colegios de abogados y los sindicatos atienden consultas sobre el despido, en muchos casos de forma gratuita. Un graduado social revisa el cálculo si hay dudas sobre la cantidad.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el paro si renuncio?
¿El finiquito y la indemnización se pagan juntos?
¿Qué pasa con los contratos anteriores a 2012?
¿Cuánto tarda en llegar el primer pago del paro?
Fuentes
Esta guía explica las reglas generales. Las cifras que cambian cada año están en cada herramienta, con su fecha de revisión. No sustituye el asesoramiento de un profesional.