Cómo se usa
- Escribe tu salario bruto anual y si cobras 12 o 14 pagas.
- Indica tu fecha de alta y tu último día de trabajo.
- Añade las vacaciones que ya has disfrutado este año.
Qué incluye el finiquito
- Salario de los días trabajados en el último mes que aún no has cobrado.
- Vacaciones generadas y no disfrutadas: se generan 2,5 días naturales por mes trabajado (30 al año).
- Parte proporcional de las pagas extra, si no las cobras prorrateadas.
- Otros conceptos pendientes: horas extra, comisiones o incentivos devengados.
El finiquito se paga en cualquier tipo de salida, incluida la baja voluntaria. La indemnización, en cambio, solo en algunos despidos y fines de contrato.
Consejos antes de firmar
Puedes firmar el finiquito como “no conforme” si no estás de acuerdo con las cantidades, y tienes derecho a que esté presente un representante de los trabajadores. Firmar sin reservas puede dificultar reclamaciones posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo me tienen que pagar el finiquito?
Normalmente en la fecha de salida o con la última nómina. Si es el fin de un contrato temporal de más de un año, la empresa debe avisarte con 15 días de antelación y acompañar el aviso de una propuesta de finiquito.
¿Me pagan las vacaciones si me voy voluntariamente?
Sí. Las vacaciones generadas y no disfrutadas se pagan siempre en el finiquito.
¿El finiquito tributa?
Sí, las cantidades del finiquito son salario y llevan retención de IRPF y cotización a la Seguridad Social. La indemnización por despido, en cambio, está exenta hasta el límite legal.
Fuentes oficiales Estatuto de los Trabajadores, arts. 31 y 38 Datos revisados el 23 de septiembre de 2026.
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