Cómo se usa
- Escribe el valor catastral del suelo (está en el recibo del IBI).
- Indica los años que has tenido el inmueble y el tipo de tu ayuntamiento.
- Si quieres, añade los precios de compra y venta para comparar con el método real.
Los dos métodos de cálculo
Desde la reforma de 2021, puedes elegir el método que te sea más favorable:
- Objetivo: valor catastral del suelo × coeficiente según los años de tenencia.
- Real: ganancia obtenida (venta − compra) × porcentaje que representa el suelo en el valor catastral.
Si vendes sin ganancia, no pagas el impuesto, pero debes acreditarlo con las escrituras.
Coeficientes vigentes en 2026
El Real Decreto-ley 16/2025, que subía los coeficientes, no fue convalidado por el Congreso, así que siguen aplicándose los de 2024:
| Años | Coef. | Años | Coef. |
|---|---|---|---|
| Menos de 1 | 0,15 | 10 | 0,12 |
| 1 | 0,15 | 11 | 0,10 |
| 2 | 0,14 | 12 a 15 | 0,09 |
| 3 | 0,14 | 16 | 0,10 |
| 4 | 0,16 | 17 | 0,13 |
| 5 | 0,18 | 18 | 0,17 |
| 6 | 0,19 | 19 | 0,23 |
| 7 | 0,20 | 20 o más | 0,40 |
| 8 | 0,19 | ||
| 9 | 0,15 |
Preguntas frecuentes
¿Quién paga la plusvalía?
En una venta, el vendedor. En una herencia o donación, quien recibe el inmueble.
¿Cuál es el plazo para pagarla?
30 días hábiles en ventas y donaciones; 6 meses (prorrogables a un año) en herencias.
¿Hay bonificaciones en herencias?
Muchos ayuntamientos bonifican hasta el 95 % la transmisión de la vivienda habitual a hijos o cónyuge.
Fuentes oficiales Texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, arts. 104 a 110 Datos revisados el 23 de septiembre de 2026.
¿Te ha sido útil esta herramienta?