Cómo se usa
- Elige el tipo de despido.
- Escribe la fecha de inicio del contrato, la del despido y tu salario bruto anual.
- Revisa los días y el importe de la indemnización.
Indemnización según el tipo de despido
| Tipo | Días por año | Tope |
|---|---|---|
| Improcedente (desde 12/02/2012) | 33 | 24 mensualidades |
| Improcedente (antes de 12/02/2012) | 45 | 42 mensualidades |
| Objetivo, colectivo (ERE) | 20 | 12 mensualidades |
| Fin de contrato temporal | 12 | Sin tope |
| Disciplinario procedente | 0 | — |
Contratos anteriores a 2012
Si tu contrato empezó antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo trabajado hasta esa fecha se indemniza a 45 días por año y el posterior a 33. El total no puede superar 720 días, salvo que el periodo anterior a 2012 ya supere esa cifra, en cuyo caso el tope es ese periodo, con un máximo de 42 mensualidades.
Los periodos inferiores a un año se prorratean por meses, y los meses incompletos cuentan como completos.
No olvides el finiquito
Además de la indemnización, al terminar la relación laboral te deben pagar el finiquito: días trabajados del mes, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de las pagas extra. Calcúlalo con la calculadora de finiquito. También puedes estimar tu prestación por desempleo.